Los Consejos Distritales de Participación tienen el propósito de trabajar,  junto con las autoridades competentes, en la definición, promoción, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en sus territorios, así como de la articulación con el Consejo Nacional de Participación.

La Alcaldía de Medellín, mediante Resolución 331 de 2015, expedida por la Secretaría de Participación Ciudadana, convocó a los sectores establecidos en la Ley para la conformación de la primera cohorte del Consejo Distrital de Participación Ciudadana para la ciudad, logrando su instalación oficial el 31 de marzo de 2016; y con la Resolución 201950089174 de 2019, realizó la convocatoria para nombrar la segunda cohorte de consejeras y consejeros, instalada el 15 de mayo de 2020.

El Consejo Distrital de Participación Ciudadana de Medellín realiza sesiones ordinarias con periodicidad mensual y de acuerdo a coyunturas especiales, establece la realización de sesiones extraordinarias.

De igual manera,  para su funcionamiento interno, el CMPC está conformado por 5 comisiones de trabajo: Comisión política, Comisión de gestión interna, Comisión de formación, la Comisión de comunicaciones y la Comisión de Género, las cuales se reúnen periódicamente y de manera especial, cada vez que el estudio o análisis de un tema específico lo requiere. Dichos temas, analizados por las respectivas comisiones y las propuestas de acciones desde allí construidas son llevadas a revisión y aprobación por parte de la plenaria del Consejo de forma previa a ser implementadas.

El Consejo Distrital de Participación Ciudadana de Medellín realiza sesiones ordinarias con periodicidad mensual y de acuerdo a coyunturas especiales, establece la realización de sesiones extraordinarias.

De igual manera,  para su funcionamiento interno, el CMPC está conformado por 4 comisiones de trabajo: Comisión política, Comisión de gestión interna, Comisión de formación y la Comisión de comunicaciones, quienes se reúnen de manera especial cada vez que el estudio o análisis de un tema específico lo requiere. Dichos temas, analizados por las respectivas comisiones, son llevados a la revisión y aprobación por parte de la plenaria del Consejo.

Documentos asociados

Ley 1757 de 2015

1 comentario

  1. Esta muy bonita esta ley o norma en el papel, ya que en los territorios es complemtamente diferente, pues los ediles no dejan ejercer la funciòn correspondiente.

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